La exclusión del aspirante de NGP marca un giro decisivo en la recta final rumbo al 17 de agosto.
En una resolución que ha generado impacto político inmediato, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó este miércoles la inhabilitación del economista Jaime Dunn como candidato presidencial de Nueva Generación Patriótica (NGP), alegando incumplimiento del requisito legal de solvencia fiscal, una exigencia que rige a todos los postulantes a cargos públicos en el país.
La medida fue adoptada tras una sesión de Sala Plena que analizó el informe remitido por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en el que se detalla que Dunn mantiene al menos 14 requerimientos de pago, otros 14 procesos con sentencia ejecutoriada y cinco adicionales sin fallo favorable. Estas observaciones, que provienen de su gestión como Oficial Mayor Financiero durante la administración edil de José Luis Paredes entre 2000 y 2001, fueron consideradas suficientes para dejar sin efecto su inscripción.
Aunque Dunn presentó un certificado emitido por la Contraloría General del Estado, dicho documento no logró disipar las dudas. Según el TSE, el informe carecía de claridad y no confirmaba fehacientemente la inexistencia de responsabilidades económicas pendientes con entidades públicas.
La Sala Plena, compuesta por cinco vocales activos (dos están de vacaciones), votó mayoritariamente por la inhabilitación. La única disidencia provino de la vocal Nelly Arista, quien cuestionó el alcance del informe municipal como prueba determinante. Sin embargo, la mayoría concluyó que las evidencias eran concluyentes y enmarcadas en el reglamento electoral.
Dunn respondió con contundencia. En una serie de publicaciones en redes sociales, así como en entrevistas ofrecidas a medios de comunicación, denunció que su exclusión obedece a una estrategia orquestada para eliminar una candidatura que incomodaba tanto al oficialismo como a sectores de la oposición tradicional. “Esto no se trata de justicia, se trata de miedo. El sistema teme que alguien lo rete desde afuera y lo ponga en evidencia”, afirmó.
Además, cuestionó la legalidad del procedimiento. “La única entidad autorizada por ley para emitir certificados de solvencia es la Contraloría. Lo que diga la Alcaldía de El Alto no debería tener efecto vinculante sobre una candidatura nacional”, reclamó en un video en vivo.
El TSE, por su parte, notificó a NGP sobre la posibilidad de apelar la decisión mediante un recurso de revisión extraordinaria. La organización política tiene un plazo de cinco días calendario para ejercer esta vía o, en su defecto, nominar a un nuevo postulante. El plazo final para cambios o renuncias voluntarias vence el 3 de julio.
El episodio ha encendido un nuevo foco de debate sobre la independencia y la transparencia del proceso electoral. Mientras algunos sectores consideran legítima la exclusión, otros advierten que se trata de un precedente preocupante que podría debilitar la confianza ciudadana.
