La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) definirá si da curso al pedido del vicepresidente David Choquehuanca de adelantar el sorteo de la revisión de la resolución de un Tribunal de Garantías de Pando que anuló el proceso de convocatoria a elecciones judiciales..
El martes, Choquehuanca pidió al TCP adelantar el sorteo de la causa del fallo de la sala de Pando que dejó sin efecto las judiciales, cuyo proceso en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) está paralizado desde el 16 de abril.
“Hoy (por el martes) se presentó al TCP un memorial solicitando el adelanto del sorteo de causa para que un kita Sala Constitucional resuelva la revisión del fallo de la Sala Constitucional de Cobija, teniendo en cuenta la coyuntura nacional, la trascendencia y la importancia respecto al cumplimiento de las reglas del proceso democrático de elección de altas autoridades jurisdiccionales”, informó aquel día el secretario General de la Vicepresidencia, Juan Carlos Alurralde.
Fuentes extraoficiales del TCP indicaron que el adelanto o no del sorteo, tal como lo solicitó el vicepresidente Choquehuanca, será definido por la Comisión de Admisión.
El abogado constitucionalista Jaime Hurtado, consultado sobre en qué casos puede el TCP adelantar el sorteo de causas, dijo a CORREO DEL SUR que la Ley 027 del Tribunal Constitucional y el Código Procesal Constitucional no establecen el adelanto de sorteo a pedido de parte y considera que si se está haciendo uso en Bolivia es por jurisprudencia, en procesos de relevancia social.
La senadora Silvia Salame (CC), por su parte, indicó que los magistrados “prorrogados” no tienen competencia para resolver estas acciones, porque ya cumplieron su mandato en diciembre de 2023 y su ampliación es inconstitucional. Por lo tanto, según la legisladora opositora, tampoco pueden decidir sobre el pedido de adelantar el sorteo de la causa.
PROPUESTA
El lunes, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Ernesto Jaimes, planteó la posibilidad de una reforma de la Constitución Política del Estado (CPE) para mantener las judiciales o para cambiar la forma de elección de los máximos magistrados del Órgano Judicial.
NO ESTÁ ESCRITO
Adelantar el sorteo para una causa específica a pedido de una de las partes no está establecido en la ley 027 del Tribunal Constitucional ni el Código Procesal Constitucional y lo que en Bolivia se hace es usar la jurisprudencia, y aplicar en procesos de relevancia social, explicó el abogado Jaime Hurtado.
Vía Correo del Sur